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La soberanía se defiende resueltamente o no se defiende, no existe término medio

Por: Juan Manuel Rosario.

Honorable Sr. Presidente de la República Dominicana:

“El que se arrodilla para conseguir la paz se queda con la humillación y la guerra”. Winston Churchill.

En parte apoyo la postura asumida por el gobierno dominicano frente al informe de la OEA del 29/7/2015.

En los últimos días, con relación a los debates en torno a la situación migratoria entre República Dominicana y Haití, se han vertido opiniones de todo tipo, como la manifestada por un diplomático haitiano, quien afirma que los flujos migratorios son naturales. ¿Naturales?

Establecer que los flujos migratorios son naturales es muy fácil, porque es el camino del menor esfuerzo en el análisis; las migraciones son el efecto de una realidad socio-económica; no es verdad que el flujo migratorio esté movido por la naturaleza del ser humano; lo natural del ser humano es el sedentarismo en esta etapa histórica, por asunto de cultura, de apego a su entorno familiar, a la tierra que le vio nacer.

Es la mala distribución de la riqueza la que estimula la emigración; esa es la real causa, la que hay que combatir; es indispensable luchar por un mundo más justo, más equitativo, donde haya una mejor distribución de la riqueza, de tal manera que el hombre no se vea obligado a emigrar por necesidades económicas y sociales.

Por ejemplo, en el 2014 sólo el 1,6% de la población de la Unión Europea vivía en otro Estado miembro; después de la crisis, los países que más tuvieron emigración son España y Grecia, como es natural, motivado por los problemas económicos. La mayor presión migratoria para la UE es la que proviene de fuera, de los países pobres de África y otros lugares del mundo; a pesar de la unión interna de los Estados miembros de la Unión Europea, no se da un flujo migratorio en las dimensiones en que puede ocurrir desde los países pobres hacia los ricos. Es la situación económica la que hay que enfrentar para reducir la necesidad de emigrar.

La situación de los países pobres no se va a resolver estimulando la emigración, sino llevando a cabo cambios estructurales para conjurar las desigualdades sociales internas.

Combatir la causa de la emigración conlleva otra práctica y otro enfoque diferente al establecido por las Organizaciones no Gubernamentales: el de trabajar con los inmigrantes; la mejor lucha es trabajar para evitar que se emigre; convertir en el derecho a no emigrar como el verdadero derecho humano; pero posiblemente esa lucha no sea rentable, y por tanto no les conviene a las ONGs.

La estrategia en el marco de la Globalización basada en promover el dumping social lejos de enfrentar la pobreza ha incrementado la desigualdad entre países ricos y pobres y en el interior de estos últimos, y con ello se han estimulado los flujos migratorios.

También se dijo, desde Haití, que condicionaban el diálogo con la República Dominicana a que se discutiera el Protocolo de Entendimiento sobre los Mecanismos de Repatriación del 2 de diciembre del año 1999. ¿Sabía usted, Señor Presidente, que ese instrumento no ha sido aprobado por el Congreso de la República Dominicana, y que por tanto no obliga al Estado dominicano a nada?

Pero además de eso, el Estado dominicano no debe aceptar condicionamientos de ningún tipo para aplicar su política migratoria, debido a que es un derecho inalienable que les corresponde a los dominicanos.

Se ha querido decir de todo, hasta que la soberanía es un concepto mediatizado, algo absolutamente absurdo; quienes así razonan no entienden lo que está sucediendo en el mundo.

El informe rendido por la Organización de Estados Americanos, del 29 de julio del 2015, dice: “Reconoce que existen personas en riesgo de no contar con ninguna nacionalidad reconocida”, con una clara intención de obligar a la República Dominicana a conceder la nacionalidad a los hijos de haitianos nacidos en el territorio de la República.

Ha sido reiterativo por parte de sectores de la vida nacional, así como internacionales, el pretender establecer el criterio muy equivocado de que los hijos de los nacionales haitianos que nacieren en el territorio de la República pueden sufrir la condición de apatridia; parece ser que los que razonan de esa manera no entienden que la condición de apatridia se establece a través del ejercicio del Derecho Constitucional comparado; olvidan, por desconocimiento o por actitud deliberada, que lo que realmente procede es que el Estado haitiano viabilice el reconocimiento de la nacionalidad de los hijos de sus nacionales que hayan nacido o que nacieren dentro de otro Estado.

La Constitución haitiana establece el principio de jus sanguinis, y por tanto no se puede alegar que los hijos de los nacionales haitianos carecen de nacionalidad; a través del Consulado haitiano en cualquier parte del mundo los hijos de los nacionales haitianos pueden obtener su acta de nacimiento, y con ese documento adquirir su pasaporte, y además no queda ninguna duda sobre la nacionalidad, y se evita cualquier inconveniente a esas personas.

Tanto la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como la Convención Interamericana de Derechos Humanos, la primera en su artículo 15 y la segunda en el 20, establecen que toda persona tiene la nacionalidad del Estado donde nace si no le corresponde otra; esto se consigna de esa manera para evitar la apatridia.

Los Estados tienen la responsabilidad de evitar la apatridia; pero no es sólo el Estado receptor del extranjero, sino además el Estado de origen de esos extranjeros; este último debe hacer las reformas necesarias en su legislación para evitar que los hijos de sus nacionales que nacieren en un territorio extraño se queden sin nacionalidad; sin embargo, con el caso de Haití tenemos que su Constitución le permite a los hijos de sus nacionales ser haitianos sin importar el lugar donde nazcan.

Lo que deben hacer los organismos internacionales y el Estado haitiano es estimular un Plan haitiano de Regularización dirigido en dos direcciones: documentar a la población haitiana y registrar en los distintos consulados del mundo a los hijos de haitianos que nacieren en otro Estado.

El gobierno dominicano tiene miedo, recula cuando siente presión, según el criterio de algunos sectores extranjeros y nacionales; además sienten, esos sectores, que el presidente y círculos en el gobierno coinciden con sus pretensiones…., por ese motivo empujan para obtener sus objetivos.

Es una imagen que el gobierno tiene la obligación de trabajar para modificarla, no con bravuconería; sino empuñando el arma de la razón que se sustenta en el derecho inalienable del Estado dominicano como sujeto soberano amparado en la razón histórica-jurídica de su existencia.

El gobierno que usted preside le ha tocado ser el que administre, en este momento histórico, la ejecución de acciones alrededor de temas tan importantes, como lo son el migratorio y el de los vínculos internacionales; temas dinamizados a partir de la Sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional; decisión judicial que activó a los sectores que históricamente han intentado despojar o minimizar los derechos soberanos que le corresponden al Estado dominicano, tanto desde la perspectiva del Derecho Internacional Público como del Constitucional; al mismo tiempo, se puso a la expectativa la mayoría del pueblo dominicano, el que ha aguzado sus sentidos asombrado por el  grado de animadversión que se ha articulado contra los dominicanos.

En la forma como se ha venido manejado la situación, en materia de política migratoria y la conducción de las relaciones internacionales, pareciera que predomina el criterio de que ya la soberanía es un concepto obsoleto y sin importancia para la vida de los pueblos; como si la autodeterminación de las naciones hubiera quedado anclada en el pasado histórico de la humanidad.

Tal situación ha expuesto al Estado dominicano a tal grado que es notoria la vulnerabilidad frente a las agresiones internacionales y a las incidencias de sectores nacionales que a veces parecen sobreponerse, o estar por encima de las leyes y la Constitución de la República.

Ya en una ocasión manifesté la gravedad de lo ocurrido en la República Dominicana con el llamado Plan Nacional de Regularización de Extranjeros ilegales en el territorio nacional; la magnitud de la situación es tal que se ha irrespetado de manera alarmante las leyes de la República y su Constitución para satisfacer los pedidos realizados por sectores internacionales, y otros de origen nacional; se registraron más de 288 mil extranjeros ilegales en el país; sin embargo, de esa cantidad 95 mil sólo pudieron presentar supuestamente su pasaporte, otros 102 mil lograron únicamente depositar su acta de nacimiento, algo más de 24 mil no pudieron presentar ni acta de nacimiento, ni pasaporte, ni los demás documentos requeridos para calificar, conforme a nuestras leyes migratorias, y 69 mil que sólo presentaron una cédula de identidad.

No obstante, hay sectores empecinados en dar estatus legal a todos los que se inscribieron en el Plan, aunque no calificaran conforme a las leyes de la República Dominicana; se ha procedido contrario al mandato de la Ley 285-04, que establece que la regularización sólo se puede llevar a cabo tomando en cuenta de manera individual a los extranjeros; o sea, que la misma no puede realizarse de manera masiva; al regularizarse más de 284 mil personas que se inscribieron y no presentaron la documentación debida, se está llevando a cabo una acción de carácter masivo en materia de regulación, que contraviene de manera indiscutible las normas dominicanas.

Querer complacer algunos sectores de la comunidad internacional y a otros que lo representan internamente, legalizando una gran cantidad de extranjeros ilegales, es un claro reflejo del desconocimiento de lo que realmente sucede en torno a la relación dominico-haitiana, es ignorar que lo que se pretende es ir imponiendo una situación de hecho, donde desaparezcan los dos Estados, el haitiano y el dominicano, para crear uno nuevo que implique la asunción por parte de la República Dominicana de la población haitiana.

Da la impresión, aunque así no sea, de que el gobierno dominicano se manejó con mucha improvisación e impericia en la política migratoria y las relaciones internacionales de la República Dominicana, exhibiendo un discurso inconsistente frente a la envestida contra el país.

Un día se establece que no se le puede quitar a nadie lo que nunca ha tenido, refiriéndose a la nacionalidad de los hijos de extranjeros nacidos en el territorio de la República, y al otro día es presentada una Ley Especial de Naturalización que, adversando a la Constitución dominicana, le reconoce documentación a personas extranjeras que figuraban como dominicanas sin serlo.

Para tales fines se articuló un proceso de “deliberación” buscando un supuesto consenso, como si el correcto proceder fuera el de pedir aquiescencia, o de necesidad de deliberar, para aplicar las disposiciones constitucionales; es como si se despreciara la obligación de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes; la institucionalidad no demanda la búsqueda de anuencias de determinados sectores económicos y sociales para el cumplimiento del mandato de la constitución y la ley; porque sería como poner las instituciones de rodillas frente a las opiniones e intereses de esos actores.

Algo totalmente absurdo, es lo establecido en la ley 169-14, porque desconoció la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana, mostrando claramente la falta de tacto en el manejo del tema en círculos del poder social y político del país; de esos círculos han salido muchísimas opiniones o pretendidas “teorías” sobre lo que se debe hacer o no en asuntos de política migratoria y de nacionalidad en la República, no entendiendo que la institucionalidad de un Estado no se dirige con opiniones personales, sino con el imperio de las leyes; algunos actores han pretendido convertir en política de Estado su opinión personal sobre un problema tan espinoso como la política migratoria y las relaciones internacionales. Y, conscientemente o no, han arriesgado la existencia misma del Estado dominicano.

La magnitud de las consecuencias derivadas de la falta de destreza en el manejo de la política migratoria todavía los dominicanos no la han palpado; según la ley 169-14, los hijos de los 288 mil extranjeros que se registraron en el Plan Nacional de Regularización serán provistos de una residencia definitiva, lo que les permitiría optar por la nacionalidad dominicana dos años después; pero también los mismos 288 mil, si se le otorgase residencia a todos podrían optar por la naturalización dos años después de haber obtenido tal documento; pero no sólo eso, los hijos de esos extranjeros que nacieren en el territorio de la República serían dominicanos, porque quien tiene una residencia no está de tránsito; lo que quiere decir que la conformación electoral dominicana podría estar muy influida por esa realidad en un tiempo no muy lejano como el 2020.

Tal situación hay que tomarla en cuenta para conocer el impacto de lo que ha sucedido en la República Dominicana por el incorrecto manejo de la política migratoria en los momentos actuales; y eso es así, sin haber mencionado en este breve escrito los más de 55 mil extranjeros con documentos adquiridos no conforme a las leyes dominicanas que la ley 169-14 los acredita como dominicanos y le reconoce tales documentos, y que por vía de consecuencia también sus hijos son dominicanos.

Pensaron que cediendo en soberanía interna se lograría complacer internamente y se evitaba presión a la soberanía externa; gravísimo error y desconocimiento de lo que sucede realmente en la lógica de la geopolítica frente a la relación dominico-haitiana: buscar una salida a la situación haitiana a través de República Dominicana.

El daño que se le ha ocasionado a la República Dominicana no tiene precedencia en su historia; se ha creado la base para degradar la supervivencia del Estado dominicano.

Para conseguir tales fines se han esgrimido argumentos irreflexivos y deliberados, carentes de raciocinio, sólo motivado por las pasiones y los sentimientos personales de algunos protagonistas que adversaban la sentencia 168-13, porque de una manera u otra podrían ser afectados por la misma.

Algunos dominicanos se prestaron al juego contra la República Dominicana, y han servido de soporte interno a la campaña anti dominicana; es sorprendente el desapego a los valores patrios exhibido por esos “dominicanos”; pero lo más llamativo, Señor Presidente, es que algunas personas de poder se abrazaron a esos sectores y no tomaron en cuenta el sentir de las grandes mayorías en torno a la política migratoria y las relaciones internacionales de RD.

Hoy, el discurso a favor de la soberanía desde el entorno del gobierno puede generar sospecha, por la duda sobre el grado de sinceridad de esa postura repentina; ya veremos qué ocurre.

Esos sectores construyeron su propio criterio sobre el “tránsito” establecido en la Constitución, y convirtieron su concepto en el que debía ser tomado en cuenta para determinar la nacionalidad dominicana; o sea, se pusieron por encima de la Constitución de la República; se instituyeron en la Carta Magna de la nación, y decidieron que los hijos de los extranjeros ilegales que nacieron en el territorio de la República son dominicanos, por encima de la decisión de los Altos Tribunales en tal sentido; hasta los acuerdos internacionales fueron pisoteados por dos o tres personas que consideran que su espacio en la vida pública le da la potestad necesaria para establecerse como la Carta Sustantiva de la nación; es como si ellos mismos dijeran: Yo soy la Constitución dominicana, y obrar contra mí es obrar contra la Constitución.

Mediante resolución número 3200 del 11 de febrero de 1952 se aprobó el Acuerdo entre la República Dominicana y Haití sobre jornaleros temporeros haitianos, y en el artículo 1 de dicho acuerdo se establece que las empresas contratantes se obligaban, entre otras cosas “a comunicar al Departamento de Inmigración y al Consulado de Haití (…) las muertes, matrimonios, nacimientos, ocurridos entre los contratados”; igual disposición fue establecida en los convenios del 21 de diciembre del año 1959, aprobado mediante resolución número 5279 del 29 de diciembre del 1959 y el Tratado de noviembre de 1966, aprobado mediante resolución 83 del 22 de diciembre de 1966.

En esos acuerdos laborales queda bien establecido el hecho de que Haití se comprometía a registrar los matrimonios, los nacimientos y las muertes de los haitianos, ocurridos dentro de los contratados haitianos mientras permanecieran en el territorio de la República; esto así, porque los nacimientos dentro de tales contratados había que administrarlos como nacionales haitianos, y por ende debían ser registrados por el Consulado de ese país. ¿Estaban o no estaban de tránsito esos haitianos? Evidentemente sí, pero han obligado a la República Dominicana a tener que tragarse su derecho como Estado soberano, y el gobierno dominicano sólo se ha pasado el tiempo en dar explicaciones de cuánto ha cedido para complacer a sectores nacionales e internacionales, más que salir a defender el derecho soberano del Estado de la República Dominicana.

Se ha pensado más en las opiniones de generadores de opiniones en la República que en la dignidad y el decoro de los dominicanos.

No solo esos tratados a los que he hecho alusión establecen el carácter de temporalidad de los jornaleros haitianos, sino que el mismo Modus Operandi de la República Dominicana con Haití del 16 de diciembre del año 1939, establece en su artículo 11: “La entrada de jornaleros temporeros a cualquiera de los dos países se hará de acuerdo con las disposiciones que establezcan sobre el particular las leyes del país que reciba temporalmente dichos jornaleros”. Ahí está el carácter de temporalidad.

Pero los hombres-Constitución decidieron que esas personas no estaban en tránsito, y que incluso, pasando del estatus legal al ilegal, adquirían más derechos constitucionales en la República Dominicana. Ellos entienden que el principio de que todo el que se encuentra en el territorio de la República debe someterse a la Constitución y sus leyes, es algo obsoleto que no tiene aplicación cuando se trata de extranjeros, pero muy concretamente y de manera muy especial cuando se trata de haitianos.

Señor Presidente de la República, alguien de poder, parece ser, aunque no fuera su real intención, que se identificó con esos hombres-Constitución, con quienes entienden que sus palabras están por encima de la Constitución y las leyes de la República, y que de manera beligerante se opusieron a la Sentencia 168-13. Ese alguien, quizás, se aproximó a esas personas, y se alejó, o nunca estuvo cerca, de los técnicos que habían participado en la elaboración de la Ley de Migración 285-04, en parte del Plan Nacional de Regularización; los que habían participado en los debates de la elaboración de toda la política migratoria desde el 2000 hasta nuestros días.

¿Y por qué alejarse de las personas que han estado muy vinculadas a los asuntos migratorios,  y el acercamiento a los adversarios de  la Sentencia 168-13? No lo sé.

Quizás, no lo sé, tenía más afinidad con los adversarios de la Sentencia 168-13 que con los que defendían la soberanía dominicana; y a mi modo de ver, por esa situación, se ha expuesto peligrosamente la integridad soberana de la República Dominicana.

Puede usted estar seguro, muy seguro, que los contrarios a la Sentencia 168-13 no van a estar al lado suyo en la real defensa de la soberanía de la República. Probablemente en ese momento usted se dará cuenta, quizás no, de que los mal llamados defensores de los derechos humanos no son tales, que nunca les ha preocupado el derecho humano de los dominicanos a ser dueños de su soberanía; están más preocupados por su rentabilidad social, y hasta política y económica que por un real espíritu apegado a los derechos humanos; porque tal vez están imbuidos en la lógica que describe Pierre Bourdieu, en su teoría sobre los campos sociales, de conseguir algún nivel de capital simbólico, social económico, prestigio personal y social…, el “reconocimiento” de sectores internacionales…

Señor Presidente Danilo Medina, con los inscritos en el Plan Nacional de Regularización hay que tener mucho cuidado, porque si se le otorga documentos a extranjeros sin haber calificado para ello se estaría realizando un proceso de regularización masiva de esos extranjeros, entrando en contradicción con el artículo 151 de la Ley de Migración, y que por tanto puede ser anulable en cualquier momento en que las circunstancias, tanto políticas como sociales, de la República Dominicana lo permitan.

Asimismo, permítame decirle que el reconocimiento de documentos irregulares instituido en la Ley 169-14 de Naturalización Especial, por igual puede ser objeto de acciones legislativas o judiciales para anularlo, de igual manera, cuando las circunstancias políticas y sociales lo permitieran, porque se ha hecho contraviniendo las normas constitucionales de la República Dominicana.

Hubiese sido más provechoso para el país, en vez de auxiliarse de opiniones poco técnicas de minúsculos sectores de la sociedad dominicana, haber convocado un Referéndum Consultivo para que el pueblo dominicano decidiera qué hacer con un tema tan delicado como el de la nacionalidad; con un Referéndum hubiera tenido una verdadera legitimidad cualquier cosa que se hubiese decidido con el tema en cuestión, y usted hubiera quedado muy bien parado, tanto internamente, como internacionalmente.

Atentamente,

Profesor Juan Manuel Rosario

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