Subscribe Us

TIEMPO HABITUAL ON LINE



CARTA DE DERECHOS DE LOS AFILIADOS DEL SEGURO FAMILIAR DE SALUD

Desde el 18 de agosto, los afiliados al Seguro Familiar de Salud, podrán ejercer el derecho a la libre elección, que permite cambiar de ARS si no estan satisfecho con el servicio que ofrece la Administradora de Riesgo de Salud a que estemos inscript@s.

En la ocasión, la DIDA, ha puesto a circular la Carta de Derechos de los Afiliados del Seguro Familiar de Salud y un instructivo para cambiar de ARS, entre otros materiales de información y educación, que nos orientaran para ejercer con efectividad nuestros derechos en el SDSS.

La presentación de la Carta de Derechos se hizo en un acto encabezado por el vicepresidente de la República, doctor Rafael Alburquerque, quien es además el coordinador de la Comisión de Seguimiento al SDSS, también estuvieron el secretario de Salud, Bautista Rojas Gómez, la directora de la DIDA, Nélsida Marmolejos, el superintendente de Salud y Riesgos Laborales Fernando Caamaño, Ana Ilse Mena, gerente general del CNSS y Gustavo Rojas Lara, coordinador ejecutivo de la CERSS, quien firmó sendos convenios de cooperación con la DIDA y la GGCNSS.

CARTA DE DERECHOS DE LOS AFILIADOS DEL SEGURO FAMILIAR DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO
La ley 87-01 que instituye el Sistema Dominicano de Seguridad Social, otorga a todos los ciudadanos y ciudadanas los derechos que les garantizan la asistencia en salud y a una vida digna, como corresponde a la persona humana.
Los afiliados al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo, tienen entre otros derechos principales:

AFILIACION.
Derecho a ser afiliado a una ARS sin importar condición social, sexo, salud y edad.
Derecho a afiliar al cónyuge, hijos e hijastros menores de 18 años, hasta 21 años si estudian y de por vida, si son discapacitados.
Derecho a afiliar a los padres e hijos/as mayores de 21 años solteros, si son dependientes económicos, pagando la cuota correspondiente a su afiliación.
Derecho a cambiar de ARS una vez por año.

COBERTURA DE SERVICIOS DE SALUD.
Derecho a recibir atenciones de emergencia y de parto, inmediatamente se afilie a una ARS.
Derecho a recibir todas las prestaciones del Plan de Servicios de Salud (PDSS) a partir de los 30 días de la afiliación. Este incluye las siguientes prestaciones:

A) Emergencias. Cobertura del 100%, sin pago de diferencia.
B) Prevención y promoción. Cobertura 100%, sin pago de diferencia.
- Asistencia prenatal
- Prevención fiebre reumática
- Tratamiento integral niños y niñas
- Infecciones de transmisión sexual
- Planificación familiar
- Malaria
- Programa ampliado de inmunización PAI
- Salud Escolar
- Tratamiento Hipertensión arterial
- Prevención cáncer cérvico-uterino
- Prevención y tratamiento tuberculosis
- Prevención y tratamiento diabetes tipo I – Insulino dependiente
- Prevención y tratamiento diabetes tipo II – no dependiente

C) Atención ambulatoria. Cobertura ilimitada. Pago de RD$100.00 como diferencia en consulta.
D) Hospitalización. Cobertura ilimitada (sin deposito), pagando diferencia de un 15% del monto final de la cuenta, que no superará dos salarios mínimos nacionales (RD$ 11,270.00)
E) Cirugías. Cobertura ilimitada, pagando diferencia de un 15% del monto final de la cuenta, que no superará dos salarios mínimos nacionales (RD$ 11,270.00). incluye:
- Cirugías generales
- Cirugías menores
- Cirugías Cardiovasculares
- Cirugías Dermatológicas
- Cirugías Endocrinológicas
- Cirugías Gástricas
- Neurocirugías
- Reumatologías
- Cirugías Oftalmológicas
- Cirugías Otorrinolaringológicas
- Cirugías Pediátricas
- Cirugías Urológicas
- Cirugías Vasculares
- Cirugías Ortopédicas
- Cirugías Ginecológicas
- Cirugías Hematológicas
- Cirugías Neumología
F) Parto normal. Cobertura ilimitada, sólo paga RD$600.00 por recibimiento del bebé.
G) Parto por cesárea. Cobertura ilimitada. Pagando diferencia de 20% del monto final de la cuenta, que no superará dos salarios mínimos nacionales (RD$ 11,270.00). Más RD$ 1,800.00 para el cirujano y RD$ 700.00 para recibimiento del bebé.
H) Habitación. Cobertura de RD$ 1,800 pesos diarios; 100% hasta RD$1,200 y 90% de los RD$ 600 restantes.
I) Apoyo diagnóstico (Dx) ambulatorio. Cobertura ilimitada, 20% de pago de diferencia, que no superará dos salarios mínimos nacionales (RD$ 11,270.00).
J) Odontología .Cobertura ilimitada. Pago de 20% de diferencia, que no superará dos salarios mínimos nacionales (RD$ 11,270.00)
K) Rehabilitación. Cobertura ilimitada. Pago 20% de diferencia, que no superará dos salarios mínimos nacionales (RD$ 11,270.00). Incluye:
- Consultas
- Terapias
- Aparatos
- Prótesis
L) Medicamentos ambulatorios. Cobertura de RD$3,000.00 por afiliado por año. Pagando el 30% de diferencia en cada receta.
M) Enfermedades de alto costo y máximo nivel de complejidad. Cobertura de RD$500,000.00 afiliado por año. Pago de diferencia del 20%, no superará dos salarios mínimos nacionales (RD$ 11,270.00).
N) Incluye:
- Cirugía de corazón abierto para by pass
- Angioplastía
- Valvuloplastía Mitral
- Trasplante de cornea
- Hemodiálisis renal
- Diálisis peritoneal
- Trasplante renal
- Reemplazo articular cadera
- Reemplazo articular de rodilla
- Reemplazo articular de hombro
- Columna: Cirugía escoliosis
- Columna: Cirugía espondiolistesis total
- Atención de prematuros
- Atención de unidad de cuidados intensivos
- Tratamiento del cáncer adultos
- Tratamiento del cáncer pediátricos
- Tratamiento de politraumatismo (Trauma total)
- Tratamiento de quemaduras graves (3er. Grado)

CARDIOPATIAS CONGENITAS, cubre entre otras:
- Comisurotomias o valvuloplastias de aorta/mitral, pulmonar y
- tricuspidea con balón
- Reparación Músculo Papilar
- Recesión de Membrana Subaórtica
- Colocación de parche u homoinjerto supravalvular
- Atrioseptomia quirúrgica interauricular con y sin balón
- Reparación de defecto de tabique: Interauricular/ interventricular y atrio ventricular / con prótesis o con cateterismo / vía percutánea o con cateterismo
- Reparación de tetralogia de Fallot tranasatrial o trasventricular
- Reparación completa de todo tipo de drenaje venoso pulmonar anómalo
- Cierre de ductus arterioso persistente
- Reparación de la doble salida del ventrículo izquierdo y del ventrículo derecho (simples o complejas)
- Reparación de la transposición de aorta/ de la transposición de los Grandes vasos/ con parche aórtico y/o pulmonar
- Creación de conducto entre ventrículo derecho y Arteria Pulmonar/derivaciones: cavo-pulmonar
- Cercalje/reconstrucción/ablación y reemplazo de Arteria Pulmonar y Aórtica, con o sin prótesis valvular mecánica o autóloga
- Ablación con cathéter de lesión del corazón/por radiofrecuencia

CARDIOPATIAS ADQUIRIDAS, cubre entre otras
- Reemplazo de válvula tricúspide/ de dos o tres válvulas
y
- reemplazo de la válvula aórtica y aorta ascendente
- Angioplatia coronaria: Percutánea, de dos o más vasos/con agente trombolítico de uno, dos o más vasos
- Angioplastía Arteria Coronaria con Tórax Abierto
- Inserción o implante de prótesis intracoronaria (stent)
- Anastomosis Aortocoronaria de una, dos, tres o más arterias coronarias/simple o secuencial
- Anastomosis simple do secuencial de arteria mamaria coronaria por esternotomia o toracotomia
- Anastomosis simple o secuencial con vena safena por esternotomia o toracotomia
- Cateterismo transeptal solo/con estudio electrofisiológico /transesofágico
- Pericardiectomia
- Ablación con catéter de lesión del corazón/por crio o por electrocoagulación
- Implantación de marcapasos

Derecho a recibir atenciones médicas a consecuencia de un accidente de transito. Cobertura de una póliza de 40 salarios mínimos nacionales (RD$ 225,400.00). Sin pago de diferencia. incluye:
- Atención médica en sala de emergencia
- Hospitalización, medicamentos y diagnósticos en casos ambulatorios y de internamientos.
- Cirugías a consecuencia de lesiones provocadas por el accidente.
- Tratamiento y rehabilitación en caso de lesiones sufridas en el accidente.
- Gastos de traslado del afiliado del primer centro de atención al centro especializado en caso de ser necesario.
- Corrección de defectos producidos a consecuencia de las lesiones sufridas

Derecho a que la ARS le suministre el listado de prestadores de servicios de salud (centros médicos, farmacias, laboratorios, centros diagnósticos, médicos), a falta de prestadores, la ARS tiene la obligación de garantizar el servicio.
Derecho a recibir los servicios de salud durante 60 días una vez quede sin empleo.
Derecho a recibir información detallada de parte de la ARS sobre los beneficios adicionales en caso de contar con un plan complementario y

Derecho a recibir orientación y ser defendido por la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA).

Si alguno de estos derechos le es violentado, presente su reclamo en las oficinas de la DIDA.

Publicar un comentario

0 Comentarios