Subscribe Us

Pacto Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género






La primera dama, doctora Margarita Cedeño de Fernández, firmó hoy con los diferentes sectores de la sociedad dominicana, un Pacto Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género, con el cual se busca unir los esfuerzos para sensibilizar a la sociedad a favor de la erradicación de la violencia de género.

Al pronunciar su discurso, la Primera Dama dijo que el cumplimiento de la misión de servicio a los demás y la sensibilidad social fueron las principales motivaciones para convocar el Pacto Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer, de forma que todos los sectores se unan y pongan fin a ese problema que está acabando con la vida de cientos de mujeres y dejando en la orfandad a niños y niñas inocentes.

“Les hago un llamado a atacar un problema cuya erradicación no es sencilla, ya que depende de un cambio completo de paradigma en cuanto a la relación hombre – mujer dentro de la pareja, lo que implica un esfuerzo sostenido de educación y concientización de la población, empezando desde la infancia y la familia”, enfatizó la doctora Cedeño de Fernández.

Agradeció a todos los sectores que acudieron a firmar el pacto y felicitó a cada una de las instituciones que estuvieron presentes, por el trabajo que realizan a favor de los sectores más vulnerables. “Nuestro esfuerzo no es en vano. Sigamos sembrando esperanza”, dijo.
La doctora Margarita Cedeño se comprometió a presentar al Presidente de la República, doctor Leonel Fernández, para su pronta aprobación en el Congreso Nacional, un Anteproyecto de Ley Orgánica para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, elaborado por diferentes instituciones.
El documento fue firmado por representantes del sector judicial (jueces y procuradores), militar, policial, legisladores, ONGs, iglesias, políticos, universidades, sindicatos, empresarios, medios de comunicación, funcionarios públicos, entre otros, quienes se comprometieron a ejecutar una serie de acciones que conduzcan a la eliminación de la Violencia de Género en el país.Entre los compromisos asumidos se encuentran el de reafirmar el deber de los Estados de garantizar los derechos humanos de las mujeres y las niñas, mediante la adopción de todas las medidas necesarias para garantizar su plena vigencia y ampliar y mejorar el marco legal orientado a la prevención, atención, sanción y control de todas las formas de violencia contra la mujer y la niña.

Los firmantes también se comprometieron a desarrollar programas educativos dirigidos a las familias con contenidos orientados al logro de la igualdad de género y hacia conocimientos, actitudes y prácticas favorables al respeto de los derechos de la mujer y la niña.Asimismo, asumieron el compromiso de trabajar en la educación y la socialización preventiva de la violencia contra la mujer y la niña, y el uso de la Tecnología de la Información y Comunicación (TICs) para su prevención y denuncia, así como para la promoción de una imagen positiva y de respeto hacia la mujer en los medios de comunicación social.
También desarrollarán programas dirigidos a los niños, niñas y adolescentes de madres sobrevivientes de violencia intrafamiliar, favoreciendo su recuperación a través de la atención sicológica y del apoyo sociofamiliar.
Otro de los compromisos asumidos es fortalecer la democracia participativa y la inclusión igualitaria, plural y multicultural de las mujeres, garantizando y estimulando su participación en la toma de decisiones y en la definición de las políticas públicas, valorando su función en el ámbito social y económico, adoptando medidas y estrategias para su inserción en los espacios de decisión, opinión, información y comunicación.
Con este pacto además se busca fortalecer los mecanismos de denuncia y acceso a la justicia y lograr que los mismos sean accesibles, oportunos, eficientes y adecuados para todas las mujeres, niñas y adolescentes envueltas en un cuadro de violencia, así como establecer políticas públicas de igualdad y equidad de género que sean sostenibles y continuas, que estén enfocadas principalmente en la educación, empoderamiento e inserción laboral de las mujeres.

El pacto fue firmado en el salón Las Cariátides del Palacio Presidencial y llevó a cabo por la preocupación que existe entre los diferentes sectores de la sociedad de que todavía en el Siglo XXI existan personas que crean que las mujeres, las niñas y los niños son objetos propiedad de alguien que pueda maltratarlas utilizando diversas formas, como femenicidios, abusos, agresiones sexuales, violencia en las relaciones afectivas, entre otras.
Igualmente tomaron en cuenta la vulnerabilidad a estas situaciones de las mujeres y las niñas con discapacidades psíquicas y/o físicas, el trabajo infantil, situaciones de explotación, esclavitud y servidumbre y trabajo sexual y pornografía infantil trata de personas, en especial mujeres, niñas y niños y todo tipo de maltrato a que son sometidas las mujeres por sus parejas, ex parejas, cónyuges, ex cónyuges.

El pacto
Considerando: Que la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer insta a los Estados partes a favorecer la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer, y que no obstante existen instrumentos legales de protección, persisten condiciones de discriminación en contra de las mujeres, que incluso inducen a la práctica de la violencia física, sicológica y sexual.
Considerando: Que a la luz de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, cualquier agravio realizado en su contra, viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto a la dignidad humana, dificultando la participación de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de su país, lo cual constituye un obstáculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia y entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su país y a la humanidad.
Recordando: Que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belem Do Para", señala que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y le limita total o parcialmente, el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades; expresa su preocupación por la violencia contra la mujer como ofensa a la dignidad humana y manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres; y señala que la eliminación de la violencia contra la mujer es condición indispensable para su desarrollo individual y social, y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de vida.

Considerando: Que la Constitución Dominicana del 26 de enero del 2010, en su Artículo 42 consagra el derecho que tiene toda persona a que se respete su integridad física, psíquica, moral y a vivir sin violencia. Y que tendrá la protección del Estado en casos de amenaza, riesgo o violación de las mismas. Y, en consecuencia, se condena la violencia intrafamiliar y de género en cualquiera de sus formas.

Considerando: Que el artículo 42 de la Constitución de la República Dominicana, establece que el Estado garantizará mediante ley, la adopción de medidas necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

Considerando: Que la violencia contra la mujer trasciende todos los sectores de la sociedad, independientemente de la clase social, raza o grupo étnico, nivel de ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión y afecta negativamente sus propias bases;

Reconociendo: Que la Ley 24-97, Contra la Violencia Intrafamiliar, que introduce modificaciones al Código Penal, al Código de Procedimiento Criminal y al Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, tipifica los delitos de violencia contra la mujer y violencia doméstica o intrafamiliar, definiendo, respectivamente, en la modificación del artículo 309-1 y 309-2 del Código Penal dominicano que: “constituye violencia contra la mujer, toda acción o conducta pública o privada, en razón de su género, que causa daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, mediante el empleo de fuerza física o violencia psicológica, verbal, intimidación o persecución”; y que “Constituye violencia doméstica o intrafamiliar todo patrón de conducta mediante el empleo de violencia física, o violencia psicológica, verbal, intimidación o persecución contra una o varios miembros de la familia o contra cualquier persona que mantenga una relación de convivencia, contra el cónyuge, ex cónyuge, conviviente, o ex conviviente o pareja consensual, o contra la persona con quien halla procreado un hijo o una hija para causarle daño físico o psicológico a su persona o daños a sus bienes, realizado por el padre, la madre, el tutor, guardián, cónyuge, ex cónyuge, conviviente, ex conviviente o pareja consensual, o persona bajo cuya autoridad, protección o cuidado se encuentra la familia”.

Considerando: Que a pesar de que las formas de violencia contra la mujer han sido visibilizadas y denunciadas, este hecho todavía constituye un problema social de magnitudes extraordinarias, que amerita la implicación de todos los poderes del Estado, la sociedad civil, el empresariado, las iglesias, las escuelas, el profesorado, profesionales de todos los ámbitos, muy especialmente del social y de la salud, para aunar esfuerzos y trabajar de manera ardua y conjunta en su erradicación.

Considerando: Que la violencia intrafamiliar es un problema sociocultural que atenta contra los derechos humanos y pone en peligro el desarrollo de la sociedad;

Vista: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 26 de enero de 2010.

Vista: La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948.

Vista: La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su Resolución 44/25, del 20 de noviembre de 1989 y cuya entrada en vigor fue el 2 de septiembre de 1990.

Vista: La Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada por las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979.

Vista: La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención de Belem Do Para", adoptada el 9 de junio de 1994.

Vista: La Ley No.24-97, de fecha 27 de enero de 1997, que introduce modificaciones al Código Penal, al Código de Procedimiento Criminal y al Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Vista: La ley 136-03, de fecha 22 de julio del año 2003 y promulgada el 7 de agosto del año 2003. Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes

Vistas las motivaciones anteriores:
Expresamos: Nuestra rotunda preocupación, de que las sociedades, aún en el Siglo XXI, continúen registrando situaciones de mujeres, niños y niñas sufriendo maltratos en diversas formas, que se manifiestan como:

- Feminicidios;
- Abusos y agresiones sexuales;
- Violencia en las relaciones afectivas y sexuales;
- Violencia sexual y por motivos de género en establecimientos educativos o de otro tipo;
- Uso de los medios y las TICs en la violencia de género;
- Vulnerabilidad de las mujeres y las niñas con discapacidades psíquicas y/o físicas;
- Trabajo infantil, situaciones de explotación, esclavitud y servidumbre;
- Trabajo sexual y pornografía infantil;
- Trata de personas, en especial mujeres, niñas y niños;
- Todo tipo de maltrato a que son sometidas las mujeres por sus parejas, ex parejas, cónyuges, ex cónyuges.
Ante estas situaciones, y cualquier otra similar, asumimos este Pacto, para seguir trabajando por la erradicación de toda forma de violencia contra las mujeres y las niñas.

Una lucha que, reiteramos, debe ser de toda la sociedad, brindando información, logrando celeridad en los procedimientos legales, trabajando en la reducción del miedo o la vergüenza en la denuncia y superar las prácticas discriminatorias, para lograr una solución definitiva al problema de la violencia, fomentando la libre convivencia basada en el respeto mutuo.

Por todo lo cual, asumimos los siguientes Compromisos:
Primero: Sensibilizar la sociedad a favor de la erradicación de toda forma de violencia contra las mujeres, y las niñas, involucrando la mayor parte de personas e instituciones para lograr su solidaridad con las víctimas, y condenen la conducta agresora de las personas maltratadoras.

Segundo: Reafirmar el deber de los Estados de garantizar los derechos humanos de las mujeres y las niñas, mediante la adopción de todas las medidas necesarias para garantizar su plena vigencia.

Tercero: Ampliar y mejorar el marco legal orientado a la prevención, atención, sanción y control de todas las formas de violencia contra la mujer y la niña.

Cuarto: Fortalecer la democracia participativa y la inclusión igualitaria, plural y multicultural de las mujeres, garantizando y estimulando su participación en la toma de decisiones y en la definición de las políticas públicas, valorando su función en el ámbito social y económico, y adoptando medidas y estrategias para su inserción en los espacios de decisión, opinión, información y comunicación.

Quinto: Desarrollar programas educativos dirigidos a las familias con contenidos orientados al logro de la igualdad de género, y hacia conocimientos, actitudes y prácticas favorables al respeto de los derechos de la mujeres y las niñas.

Sexto: Trabajar en la educación y la socialización preventiva de la violencia contra la mujer y la niña, y el uso de las TICs ara su prevención y denuncia, así como para la promoción de una imagen positiva y de respeto hacia la mujer en los medios de comunicación social.

Séptimo: Fortalecer los mecanismos de denuncia y acceso a la justicia, y que los mismos sean accesibles, oportunos, eficientes y adecuados para todas las mujeres, niñas y adolescentes envueltas en un cuadro de violencia.

Octavo: Establecer políticas públicas de igualdad y equidad de género que sean sostenibles y continuas, y que estén enfocadas principalmente en la educación, empoderamiento e inserción laboral de las mujeres.

Noveno: Desarrollar programas dirigidos a los niños, niñas y adolescentes de madres sobrevivientes de violencia intrafamiliar, favoreciendo su recuperación a través de atención sicológica y apoyo sociofamiliar.

Décimo: Continuar visibilizando la violencia contra la mujer, a partir de datos y estudios a nivel local, regional y nacional, incluyendo detección de conocimientos, actitudes y prácticas de los niños, niñas y adolescentes asociadas a la reproducción de la violencia.

Undécimo: Cumplir los Convenios y documentos Internacionales sobre esta problemática, principalmente la Convención para la Erradicación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y su Protocolo Facultativo (CEDAW, por sus siglas en ingles), la Convención Interamericana para la Erradicación de Todas las Formas de Violencia Contra la Mujer (Convención de Belén do Para), la Plataforma de Acción de la Conferencia de Beijing, el Consenso de Quito, entre otros.

Firmado en Santo Domingo, Distrito Nacional, a los quince (15) días del mes de febrero del año dos mil doce (2012).

Publicar un comentario

0 Comentarios