Un análisis realizado por el Observatorio Judicial Dominicano (OJD), entidad adscrita a la Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNGLODE), revela las alternativas legales que posee el Estado dominicano para lograr la extradición del exnuncio apostólico, Józef Wesołowski.
Junior Santana y Héctor Peña, investigadores de la Unidad de Justicia Penal del OJD, son los autores del análisis sociojurídico “La extraterritorialidad de la aplicación de la Ley penal en el caso de Józef Wesołowski y otras cuestiones procesales”, que estudia el caso del exnuncio apostólico del Estado del Vaticano en República Dominicana y Haití, quien desempeñó dicha función por un período de cinco años y fue denunciado por el supuesto crimen de abuso sexual contra menores de edad en el año 2013.
Santana y Peña precisan que el Estado dominicano tiene una alternativa para lograr la extradición, y ejercer su jurisdicción penal, tomando en cuenta las precisiones del “Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía”.
En el análisis se explica que los Estados que han ratificado este instrumento internacional, como es el caso de República Dominicana y el Vaticano, pueden hacer posible la extradición aun cuando no exista acuerdo previo.
El documento hace énfasis en el numeral 3 del artículo 5 del referido Protocolo Facultativo, el cual expresa que: “El Estado que subordine la extradición a la existencia de un tratado, si recibe de otro Estado parte con el que no tiene tratado al respecto una solicitud de extradición, podrá invocar el presente protocolo como base jurídica para la extradición respecto de esos delitos. La extradición estará sujeta a las demás condiciones establecidas en la legislación del Estado requerido”.
Condiciones legales del juicio contra Wesołowski
Los investigadores del OJD-FUNGLODE apuntan que de lograrse la extradición, la misma podría facilitar que el proceso penal seguido contra el exnuncio se realice en territorio dominicano.
Si el proceso penal es seguido en el país “el Estado dominicano deberá garantizar que el imputado no quede en estado de indefensión y que en la resolución del conflicto no se omitan garantías que les son inherentes, como el derecho a la defensa y a ser asistido por una defensa técnica gratuita en los casos en que no la haya elegido”, indica el análisis.
No obstante, el documento destaca que en este caso el poder punitivo del Estado dominicano se vería limitado en cuanto a la persecución de los hechos cometidos en su territorio, si Wesołowski es condenado en Italia por los hechos que se le atribuyen en República Dominicana y Polonia.
De ser juzgado en Italia la condena podría ser superior a los seis años de prisión, agrega el análisis.
Junior Santana y Héctor Peña, investigadores de la Unidad de Justicia Penal del OJD, son los autores del análisis sociojurídico “La extraterritorialidad de la aplicación de la Ley penal en el caso de Józef Wesołowski y otras cuestiones procesales”, que estudia el caso del exnuncio apostólico del Estado del Vaticano en República Dominicana y Haití, quien desempeñó dicha función por un período de cinco años y fue denunciado por el supuesto crimen de abuso sexual contra menores de edad en el año 2013.
Santana y Peña precisan que el Estado dominicano tiene una alternativa para lograr la extradición, y ejercer su jurisdicción penal, tomando en cuenta las precisiones del “Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía”.
En el análisis se explica que los Estados que han ratificado este instrumento internacional, como es el caso de República Dominicana y el Vaticano, pueden hacer posible la extradición aun cuando no exista acuerdo previo.
El documento hace énfasis en el numeral 3 del artículo 5 del referido Protocolo Facultativo, el cual expresa que: “El Estado que subordine la extradición a la existencia de un tratado, si recibe de otro Estado parte con el que no tiene tratado al respecto una solicitud de extradición, podrá invocar el presente protocolo como base jurídica para la extradición respecto de esos delitos. La extradición estará sujeta a las demás condiciones establecidas en la legislación del Estado requerido”.
Condiciones legales del juicio contra Wesołowski
Los investigadores del OJD-FUNGLODE apuntan que de lograrse la extradición, la misma podría facilitar que el proceso penal seguido contra el exnuncio se realice en territorio dominicano.
Si el proceso penal es seguido en el país “el Estado dominicano deberá garantizar que el imputado no quede en estado de indefensión y que en la resolución del conflicto no se omitan garantías que les son inherentes, como el derecho a la defensa y a ser asistido por una defensa técnica gratuita en los casos en que no la haya elegido”, indica el análisis.
No obstante, el documento destaca que en este caso el poder punitivo del Estado dominicano se vería limitado en cuanto a la persecución de los hechos cometidos en su territorio, si Wesołowski es condenado en Italia por los hechos que se le atribuyen en República Dominicana y Polonia.
De ser juzgado en Italia la condena podría ser superior a los seis años de prisión, agrega el análisis.
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