La Convergencia Nacional de Abogados (CONA) reiteró a la Asamblea Nacional Revisora, el pedimento que hiciera recientemente en el sentido de hacer inmodificable de cara al futuro el artículo 124 de la Constitución de la República referente a la elección presidencial
“Ante la inminencia de una modificación de la Carta Magna en el dia de mañana por parte de la Asamblea Nacional Revisora, se impone la necesidad de que se cierre de manera definitiva el debate en torno a la reelección presidencial”, adujo la organización.
La entidad afirmó que el verdadero “candado” para impedir una futura modificación al artículo 124, lo constituye el hecho de incluir en la eventual modificación de mañana, un literal que establezca lo siguiente: Ninguna reforma podrá versar sobre la elección presidencial.
Recientemente CONA depósito ante la presidenta del Senado y la Asamblea nacional una instancia motivada, a los fines de que dicha propuesta sea incluida en el proceso de modificación constitucional .
“Para impedir que en el futuro sea modificado nueva vez el artículo 124, es necesario que al mismo se le dé el carácter del 268 y el 33 respecto de la forma de gobierno y el himno nacional, respectivamente, los cuales son inmodificables”, expuso el representante de CONA, Yuniol Ramírez Ferreras.
La organización expresó que tanto un eventual artículo transitorio como el requerimiento de las dos terceras partes o tres cuartas partes de los miembros de la Asamblea para la modificación del artículo 124, podrían ser modificados a partir de resultados electorales o de pactos políticos, por lo que ninguno de estos “alegados candados” son garantía de que en el futuro no se lleve a cabo una modificación constitucional para variar lo relativo a la elección presidencial .
“Ante la inminencia de una modificación de la Carta Magna en el dia de mañana por parte de la Asamblea Nacional Revisora, se impone la necesidad de que se cierre de manera definitiva el debate en torno a la reelección presidencial”, adujo la organización.
La entidad afirmó que el verdadero “candado” para impedir una futura modificación al artículo 124, lo constituye el hecho de incluir en la eventual modificación de mañana, un literal que establezca lo siguiente: Ninguna reforma podrá versar sobre la elección presidencial.
Recientemente CONA depósito ante la presidenta del Senado y la Asamblea nacional una instancia motivada, a los fines de que dicha propuesta sea incluida en el proceso de modificación constitucional .
“Para impedir que en el futuro sea modificado nueva vez el artículo 124, es necesario que al mismo se le dé el carácter del 268 y el 33 respecto de la forma de gobierno y el himno nacional, respectivamente, los cuales son inmodificables”, expuso el representante de CONA, Yuniol Ramírez Ferreras.
La organización expresó que tanto un eventual artículo transitorio como el requerimiento de las dos terceras partes o tres cuartas partes de los miembros de la Asamblea para la modificación del artículo 124, podrían ser modificados a partir de resultados electorales o de pactos políticos, por lo que ninguno de estos “alegados candados” son garantía de que en el futuro no se lleve a cabo una modificación constitucional para variar lo relativo a la elección presidencial .
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