El pasado 23 de mayo de 2019, el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) emitió la resolución 471-02 sobre el Procedimiento para la Aplicación de Aportaciones y Contribuciones al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) ajustados al Salario Mínimo Cotizable, que otorga un plazo máximo de 120 días a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para la construcción de un módulo de software y realizar los ajustes técnicos necesarios al SUIRPlus.
La TSS, a través de un mensaje en el SUIR, notificó a los empleadores si han sido autorizados o no para cargar trabajadores con salario por debajo del mínimo de su sector salarial.
Indica que en caso de que por la naturaleza de su actividad económica no haya sido autorizado a reportar trabajadores con salarios inferiores al mínimo, podrá iniciar el proceso de Solicitud de Dispensa en el SUIR, donde cargará todos los documentos requeridos para la evaluación. Este plazo para la Solicitud de Dispensa será de 60 días que finalizan el 18 de noviembre de 2019.
Señala que esta solicitud aplica para: a) cualquier nómina NO precalificada de empleadores calificados, b) las nóminas de los empleadores NO precalificados y c) todos los empleadores de nuevo registro en TSS por cualquiera de los canales establecidos (presencial o ventanilla única).
Informan además que al término del tiempo indicado y en caso de que el empleador no haya realizado la solicitud de dispensa o la misma haya sido rechazada, se escalarán automáticamente los salarios de los trabajadores registrados por debajo del mínimo de su sector para cada empleador sea público o privado, siendo efectivo a partir de la emisión de las NP de noviembre 2019.
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