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Poder Ejecutivo promulga reforma al Código Penal y crea comisión para mejoras futuras

Santo Domingo. El Poder Ejecutivo promulgó anoche las modificaciones hechas al nuevo Código Penal, decisión que está contenida en el decreto 507-26, pero al mismo tiempo, designó un grupo de notables profesionales para futuras mejoras.

Con la iniciativa, firmada por el presidente Luis Abinader, se oficializan las enmiendas aprobadas por el Congreso Nacional.

El decreto, además, establece la creación de una comisión de seguimiento y socialización presidida por el expresidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara.

Pero, además, integrada por los juristas Leyda Margarita Piña Medrano, Pedro Balbuena, Ricardo Rojas León, Julio César Castaños Guzmán, Luz Díaz, José Lorenzo Fermín, Eduardo Jorge Prats y Alejandro Moscoso Segarra. También la conformarán los ejecutivos de medios Persio Maldonado y Aníbal de Castro, directores de los periódicos El Nuevo Diario y Diario Libre, respectivamente.

Según el Gobierno, esta comisión tendrá la responsabilidad de dar seguimiento a la aplicación del Código Penal, pero al mismo tiempo, encaminar esfuerzos de socialización y análisis sobre posibles mejoras.

En un comunicado, la Presidencia señaló que con la promulgación del nuevo Código Penal se pone a disposición del país una legislación fortalecida mediante el consenso democrático y un proceso de revisión institucional y técnico de los aspectos reformados, al tiempo que reafirma el compromiso del Gobierno con la modernización del ordenamiento jurídico, la protección de los derechos fundamentales, el respeto al debido proceso y el fortalecimiento institucional.

El pasado miércoles, el Senado de la República declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto de ley que reforma varias disposiciones de la Ley 74-25, la cual instituye el Código Penal de la República Dominicana, pieza que horas después pasó al Poder Ejecutivo para su promulgación.

El pleno del Senado acogió y aprobó las 32 modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados a esta novedosa ley. Las modificaciones fueron leídas de manera íntegra por el pleno senatorial.

Dentro de las reformas penales se resaltan: el artículo 8, que trata sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas, y el artículo 11, relativo a la extensión de dicha responsabilidad penal.

En tanto que el artículo 104 trata sobre los daños por aplicación de sustancias químicas; el 121 aborda el hostigamiento; el 122, el hostigamiento agravado; el 123, el hostigamiento cibernético; y el 124, la violencia doméstica o intrafamiliar.

La normativa sustituye una obsoleta pieza que data de 1884, incorporando al ordenamiento jurídico delitos de alta incidencia social.

Asimismo, se reformaron el artículo 141, sobre el plazo de prescripción; el 142, sobre exhibicionismo sexual; el 144, relativo al acoso agravado; el 170, sobre el autosecuestro; el 173, referente a la discriminación; el 176, sobre el proxenetismo; y el 177, que trata el proxenetismo agravado.

También se modificaron los artículos 192, sobre la difusión ilícita de contenido íntimo o reservado; 207, el perjurio; 208, difamación; 209, sobre difamación extorsiva; y el 211, relativo a los actos considerados no difamatorios o injuriosos.

Además, se incluyeron cambios en el 214, sobre el abandono de niños, niñas y adolescentes; el 215, referente al abandono agravado de menores; el 248, la bancarrota simple; el 269, sobre violación de propiedad; el 303, relativo a la malversación de fondos públicos; el 310, sobre el ultraje en el ámbito jurisdiccional; y, finalmente, el 354, referente a la certificación falsa del estado de salud.

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