Usuarios de paneles solares con nuevas condiciones en cargo por usar red eléctrica desde el 1 de noviembre

Ana Gómez
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Santo Domingo. - El nuevo Reglamento de Generación Distribuida, establecido mediante la Resolución SIE-007-2026-REG de la Superintendencia de Electricidad (SIE), entró en vigor a finale de mayo de 2026.

Sin embargo, es el 1 de noviembre, cuando se comenzará a aplicar los cargos específicos por uso de la red para determinados usuarios, a través de distribuidoras como Edesur.

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La normativa regula la aprobación, interconexión y operación de instalaciones de generación distribuida, además de establecer las condiciones tarifarias para quienes producen su propia electricidad y utilizan la infraestructura de distribución.

Uno de sus puntos centrales es que el cargo por uso de la red no es un impuesto, sino un componente regulatorio de la tarifa eléctrica destinado a remunerar los costos de operación, mantenimiento y disponibilidad de las redes de distribución.

Destaca que los clientes con tarifa monómica que tengan sistemas de generación distribuida y entreguen excedentes de electricidad a la red estarán sujetos al cargo por uso de la infraestructura, de acuerdo con las condiciones establecidas en el reglamento.

Esto significa que producir electricidad para el autoconsumo no elimina necesariamente los costos asociados al uso de la red. Los usuarios que también utilizan esa infraestructura para entregar la energía que no consumen quedan sujetos al esquema tarifario correspondiente.

En cambio, los clientes con tarifa binómica están sujetos a un cargo por potencia, calculado en función de su demanda y potencia facturable. Para estos usuarios, la normativa contempla un tratamiento diferente al cargo porcentual por energía inyectada previsto para los clientes con tarifa monómica.

Asimismo, sostiene que los sistemas de inyección cero quedan excluidos del cargo por uso de la red asociado a la energía excedente. Se trata de instalaciones equipadas con dispositivos que impiden que la electricidad producida y no consumida sea exportada a la red de distribución.

También quedan fuera de este esquema los usuarios no regulados, cuyos precios de suministro no están sujetos a regulación tarifaria y que adquieren energía directamente en el mercado mayorista.

Los usuarios que operan bajo el Programa de Medición Neta (PMN), o que cuentan con acuerdos o aprobaciones de interconexión anteriores, disponen de un período transitorio de cinco años, conforme a las condiciones contempladas en la resolución.

Durante ese tiempo, señala que podrán mantener los derechos y las condiciones de sus contratos vigentes hasta su vencimiento o hasta que formalicen un nuevo acuerdo, dentro del plazo máximo previsto.

Este régimen establece una transición para las instalaciones existentes, mientras que los nuevos proyectos deben ajustarse a las disposiciones del reglamento.

Según la resolución, las solicitudes de nuevos proyectos iniciadas a partir del 1 de febrero de 2026 quedan sujetas obligatoriamente a las nuevas reglas.

La regulación también establece criterios para determinar la potencia máxima que puede instalar un usuario, tomando como referencia su consumo anual previo y un margen adicional que varía según el nivel de tensión y la demanda.

Para los clientes en baja tensión con una demanda inferior a 10 kilovatios (kW), se permite un margen adicional del 10%. En los usuarios de media tensión con una demanda igual o superior a 10 kW, el margen establecido es del 5%.

De esta manera, la capacidad de generación instalada queda vinculada al consumo del cliente y a los parámetros técnicos definidos en el reglamento.

Además de las condiciones tarifarias, la resolución establece requisitos de seguridad para las instalaciones conectadas a la red eléctrica.

Los sistemas de inyección cero deberán contar con mecanismos anti-vertido capaces de bloquear la exportación de electricidad en un máximo de dos segundos.

También será obligatorio disponer de protección anti-isla, un mecanismo que desconecta automáticamente la instalación cuando se producen fallas o interrupciones en la red, con un tiempo máximo de actuación de dos segundos.

Estas exigencias buscan evitar que una instalación continúe suministrando electricidad a una red interrumpida y garantizar que los sistemas de generación distribuida operen bajo condiciones técnicas controladas.

Con la entrada en vigor del reglamento y la aplicación de los cargos específicos, los usuarios de paneles solares deberán prestar atención a las condiciones de su tarifa, al funcionamiento de sus instalaciones y a los acuerdos de interconexión con las distribuidoras para determinar cómo les afectan las nuevas disposiciones.

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