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EN UNICARIBE CHARLA SOBRE EL ROL DEL MINISTERIO PÚBLICO EN LA JUSTICIA PENAL JUVENIL

“El Rol del ministerio Publico en la justicia Penal Juvenil” es el tema que la procuradora Fiscal Adjunta de niños, niñas y adolescentes del DN, Lic. Daysi García a los estudiantes de derecho de UNICARIBE.

La Comisión para la Ejecución de la Justicia de Niños, Niñas y Adolescentes (CEJNNA) dictó una charla magistral sobre “El Rol del Ministerio Público en la Justicia Penal Juvenil”, a los estudiantes de la Escuela de Derecho de la Universidad del Caribe, UNICARIBE.


Esta conferencia esta siendo dictada dentro del marco de responsabilidades de la Procuraduría General de la República, en la persona de la Magistrada Marisol Tobal, Procuradora General Adjunta de Niños, Niñas y Adolescentes, encargada de desarrollar dicha actividad.

El Doctor Pedro Duarte Canaán, director de la Escuela de Derecho dio la bienvenida y habló sobre la motivación constante de esta escuela por mantener un perfil actualizado de esta carrera y contribuir al incentivo de trabajar por una sociedad más justa y preocupada por el futuro jurídico del país.


La charla fue impartida por la licenciada Daysi García, quien es abogada, egresada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), ejerciendo su carrera durante varios años, además de haber trabajado como Defensora Pública y actualmente funge como Procuradora Fiscal Adjunta de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional.

El Ministerio Publico especializado de niños, niñas y adolescentes, surge en el país, a partir del Código para la protección de niños, niñas y adolescentes (Ley 14-94), derogado por el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de niños, niñas y adolescentes (Ley 136-03), lo que consolido su existencia.


En un principio su existencia no respondió al rol tradicional de ejercer la acción penal y sostener la acusación en el juicio de fondo, por lo que, le fue atribuida una dualidad de funciones, que en cierta forma contribuyo a confundir su esencia, así el Ministerio Publico de NNA, fue denominado como defensor de niños, niñas y adolescentes y familia (art. 253 de la ley 14-94).

Según el Capitulo VI, sección III del Ministerio Público de Niños, Niñas y Adolescentes, articulo 257 establece que “El Ministerio Público de Niños, Niñas y Adolescentes será representado exclusivamente por los Procuradores Generales de las Cortes de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes en cada departamento judicial; y por los Procuradores Fiscales ante los Tribunales de Niños, Niñas y Adolescentes. Como mínimo habrá un ayudante del Procurador Fiscal de Niños, Niñas y Adolescentes y un ayudante del Procurador General de la Corte especializado en cada Distrito Judicial y en cada departamento Judicial, respectivamente. El Procurador General de la República tendrá, por lo menos, un ayudante especializado en la justicia de Niños, Niñas y Adolescentes para atender los asuntos de su competencia en esta materia”, constituyendo así la organización del Ministerio Publico de NNA.

Dentro de las funciones del Ministerio de NNA se encuentran, garantizar la correcta implementación de la Ley 136-03; garantizar el estado pleno de derechos de los NNA; el respecto estricto a los principios contenidos en la Ley 136-03; garantizar un debido proceso a los menores infractores, respetando el sistema de garantías y actuando con máxima eficacia; conciliación de los casos de guarda y regulación de visita (levantando actas de acuerdo o
no acuerdo); opinión administrativa regulación de visitas; opinión administrativa Guarda; opinión administrativa adopciones; ejecutar las sentencias por incumplimiento de las visitas y de la guarda; ser parte del sistema nacional de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; iniciar acción contra padre, la madre o tutor legal para perdida de la autoridad parental; opinar administrativamente en las acciones de perdida de la autoridad parental; solicitar la revocación de la guarda cuando proceda; iniciar demanda por restitución de derechos de NNA, entre otras.

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