La Asociación para el Desarrollo de Cabarete (ADECA) anunció que esta semana presentará una acusación penal en el Juzgado de Instrucción de Puerto Plata en la que solicita que el director de la Junta Distrital de Cabarete sea condenado a dos años de prisión correccional e inhabilitado para cargos públicos por violación a la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.
Esta es la corte que preside la magistrada Jakaira Veras, que el pasado 5 de enero dictó medidas de coerción contra el alcalde de Cabarete Gabriel Antonio Mora Ramírez (mejor conocido como Canoa). Ya en abril del año pasado la Primera Sala de la Cámara Civil del Departamento Judicial de Puerto Plata condenó al funcionario y le ordenó entregar la información pública solicitada.
La información la ofreció el licenciado Victor Horario Mena Graveley abogado del caso y presidente del Colegio de Abogados de Puerto Plata, y Michel Gay-Crosier, presidente en funciones de ADECA. También participó en la rueda de prensa ofrecida en esta capital el licenciado Aristide Trejo, abogado que tiene a su cargo una querella contra el funcionario presentada en el Departamento de Persecución contra la Corrupción Administrativa (DPCA), por falsificación del Libro de Registro de las Sesiones del Concejo de Vocales de la Junta Distrital de Cabarete
La instancia de acusación, dijo el licenciado Mena, primero pide que se admita la acusación con constitución en actor civil formulada por ADECA; segundo, que Gabriel Antonio Mora (Canoa) “sea condenado a dos años de prisión correccional ejecutable en el recinto penitenciario San Felipe y a la inhabilitación por espacio de cinco años para desempeñar cualquier cargo en la administración pública”
También pide que el señor Canoa sea condenado a diez millones de pesos “por los daños y perjuicios causados a la comunidad que representan los empresarios en el municipio de Cabarete por el perjuicio causado a su legítimo y constitucional derecho a la información”.
Esta es la primera vez en que un funcionario electo enfrentará una querella penal por reiterada negativa a cumplir con la Ley de Libre Acceso a la Información Pública. Mena explicó que el artículo 30 de la Ley de Libre Acceso a la información Pública establece que el “funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria denegare, obstruya o impida el acceso del solicitante a la información requerida, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años de prisión, así como con inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por cinco años.”
Este caso se origina en una petición de entrega de de información pública presentada por ADECA el 12 de enero del 2011, al ayuntamiento de Cabarete y dirigida a los departamentos de Tesorería, Archivo y al Director de la Junta Distrital, en la cual solicitaba la información contable sobre ingresos y egresos, y los contratos firmados por este ayuntamiento. La solicitud de información se apoyaba en la Ley 200-04 Sobre Acceso a la Información pública.
El señor Canoa se negó a atender la solicitud alegando dos días después que asumió como director municipal el 16 de agosto del 2010 y “por tal consecuencia y razones lógicas, la ley 200-2004 no me obliga a emitir, a otorgar o brindar informaciones que no estaban en mi posesión ni bajo mi control.”
Foto.- Los abogados Víctor Mena y Arístides Trejo, al centro acompañados de izquierda a derecha por Sandi Murray-Rivas, presidente de la Junta de Vecinos de la Ciénaga en Cabarete; Michel Gay-Crosier, presidente Asociación para el Desarrollo de Cabarete –ADECA-; y Porfirio Martínez, Miembro de la directiva de Asociación para el Desarrollo de Cabarete- ADECA-, durante las declaraciones dadas en la Rueda de Prensa.
Esta es la corte que preside la magistrada Jakaira Veras, que el pasado 5 de enero dictó medidas de coerción contra el alcalde de Cabarete Gabriel Antonio Mora Ramírez (mejor conocido como Canoa). Ya en abril del año pasado la Primera Sala de la Cámara Civil del Departamento Judicial de Puerto Plata condenó al funcionario y le ordenó entregar la información pública solicitada.
La información la ofreció el licenciado Victor Horario Mena Graveley abogado del caso y presidente del Colegio de Abogados de Puerto Plata, y Michel Gay-Crosier, presidente en funciones de ADECA. También participó en la rueda de prensa ofrecida en esta capital el licenciado Aristide Trejo, abogado que tiene a su cargo una querella contra el funcionario presentada en el Departamento de Persecución contra la Corrupción Administrativa (DPCA), por falsificación del Libro de Registro de las Sesiones del Concejo de Vocales de la Junta Distrital de Cabarete
La instancia de acusación, dijo el licenciado Mena, primero pide que se admita la acusación con constitución en actor civil formulada por ADECA; segundo, que Gabriel Antonio Mora (Canoa) “sea condenado a dos años de prisión correccional ejecutable en el recinto penitenciario San Felipe y a la inhabilitación por espacio de cinco años para desempeñar cualquier cargo en la administración pública”
También pide que el señor Canoa sea condenado a diez millones de pesos “por los daños y perjuicios causados a la comunidad que representan los empresarios en el municipio de Cabarete por el perjuicio causado a su legítimo y constitucional derecho a la información”.
Esta es la primera vez en que un funcionario electo enfrentará una querella penal por reiterada negativa a cumplir con la Ley de Libre Acceso a la Información Pública. Mena explicó que el artículo 30 de la Ley de Libre Acceso a la información Pública establece que el “funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria denegare, obstruya o impida el acceso del solicitante a la información requerida, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años de prisión, así como con inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por cinco años.”
Este caso se origina en una petición de entrega de de información pública presentada por ADECA el 12 de enero del 2011, al ayuntamiento de Cabarete y dirigida a los departamentos de Tesorería, Archivo y al Director de la Junta Distrital, en la cual solicitaba la información contable sobre ingresos y egresos, y los contratos firmados por este ayuntamiento. La solicitud de información se apoyaba en la Ley 200-04 Sobre Acceso a la Información pública.
El señor Canoa se negó a atender la solicitud alegando dos días después que asumió como director municipal el 16 de agosto del 2010 y “por tal consecuencia y razones lógicas, la ley 200-2004 no me obliga a emitir, a otorgar o brindar informaciones que no estaban en mi posesión ni bajo mi control.”
Foto.- Los abogados Víctor Mena y Arístides Trejo, al centro acompañados de izquierda a derecha por Sandi Murray-Rivas, presidente de la Junta de Vecinos de la Ciénaga en Cabarete; Michel Gay-Crosier, presidente Asociación para el Desarrollo de Cabarete –ADECA-; y Porfirio Martínez, Miembro de la directiva de Asociación para el Desarrollo de Cabarete- ADECA-, durante las declaraciones dadas en la Rueda de Prensa.
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