La Universidad del Caribe y el Observatorio Judicial Dominicano (OJD), de la Fundación Global Democracia y Desarrollo (FUNGLODE), ofrecieron la conferencia titulada “jurisdicción, competencia y aplicación de la ley en el mar: ¿cuestiones olvidadas o ignoradas en el contexto de reformas a los códigos penales dominicanos?”.
Fue dictada por Harold Modesto, director del OJD-FUNGLODE, quien destacó la necesidad de que República Dominicana armonice su legislación interna a la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar de 1982, ratificada por el Estado en 2009.
Compartió con los presentes los problemas que resultarían de no hacerlo oportunamente, especialmente en lo relativo a los aspectos jurisdiccionales y competenciales que giran alrededor de la aplicación de la ley penal en el mar.
El también docente de Derecho del Mar en la Escuela de Graduados de Comando y Estado Mayor Naval de la Armada de República Dominicana, manifestó que si bien es verdad que el Código Procesal Penal plantea en su artículo 1 que los tribunales dominicanos deben garantizar la vigencia efectiva de la Constitución y los tratados internacionales, resaltando el carácter inmediato y directo de su aplicación, también lo es que “estos últimos representan el marco general a partir del cual se debe prever la creación de nuevas normas o la adecuación de las que se encuentran vigentes, de modo que la legislación interna supla las necesidades naturales del Estado en el ejercicio de su jurisdicción en los espacios marítimos, lo cual el Derecho internacional como derecho de coordinación admite perfectamente”.
Para el conferencista las recientes reformas al Código Procesal Penal y al Código Penal dominicanos representaban una buena oportunidad, pero la dimensión marítima de las competencias del Estado dominicano volvió a ser ignorada: “Debo insistir con preocupación en algo que he dicho antes: aún con las recientes modificaciones, infortunadamente en el Código Penal y el Procesal Penal se nota la ausencia de la palabra mar”, resaltó.
Según Harold Modesto, bajo estas circunstancias el problema aparente para el ejercicio de la jurisdicción penal en el mar es el “cómo”, debido a que está claro quién debe ejercerla y hasta donde, pero “basta reflexionar en las particularidades de las actuaciones procesales, en las distintas diligencias de investigación, en las actas que otorgan certeza a las mismas y en los plazos procesales para empezar a ver el riesgo de que muchas de ellas devengan en ilegales por sencillos ajustes que deben hacerse a la legislación interna”.
De la conferencia surgieron varias propuestas: desde fomentar el estudio del derecho del mar en las universidades hasta sensibilizar a los operadores del sistema de justicia penal en los aspectos jurisdiccionales y procesales naturales a la aplicación de la ley en los espacios marítimos dominicanos.
El también docente de Derecho del Mar en la Escuela de Graduados de Comando y Estado Mayor Naval de la Armada de República Dominicana, manifestó que si bien es verdad que el Código Procesal Penal plantea en su artículo 1 que los tribunales dominicanos deben garantizar la vigencia efectiva de la Constitución y los tratados internacionales, resaltando el carácter inmediato y directo de su aplicación, también lo es que “estos últimos representan el marco general a partir del cual se debe prever la creación de nuevas normas o la adecuación de las que se encuentran vigentes, de modo que la legislación interna supla las necesidades naturales del Estado en el ejercicio de su jurisdicción en los espacios marítimos, lo cual el Derecho internacional como derecho de coordinación admite perfectamente”.
Para el conferencista las recientes reformas al Código Procesal Penal y al Código Penal dominicanos representaban una buena oportunidad, pero la dimensión marítima de las competencias del Estado dominicano volvió a ser ignorada: “Debo insistir con preocupación en algo que he dicho antes: aún con las recientes modificaciones, infortunadamente en el Código Penal y el Procesal Penal se nota la ausencia de la palabra mar”, resaltó.
Según Harold Modesto, bajo estas circunstancias el problema aparente para el ejercicio de la jurisdicción penal en el mar es el “cómo”, debido a que está claro quién debe ejercerla y hasta donde, pero “basta reflexionar en las particularidades de las actuaciones procesales, en las distintas diligencias de investigación, en las actas que otorgan certeza a las mismas y en los plazos procesales para empezar a ver el riesgo de que muchas de ellas devengan en ilegales por sencillos ajustes que deben hacerse a la legislación interna”.
De la conferencia surgieron varias propuestas: desde fomentar el estudio del derecho del mar en las universidades hasta sensibilizar a los operadores del sistema de justicia penal en los aspectos jurisdiccionales y procesales naturales a la aplicación de la ley en los espacios marítimos dominicanos.
El evento se celebró en el Salón Multiusos de la Universidad del Caribe, que contó con la asistencia de vicerrectores, directores de escuelas, profesores y estudiantes de UNICARIBE, así como invitados especiales del Observatorio Judicial Dominicano (OJD).
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